Enmiendas en las reglas para los visados electrónicos de turista y de negocios – Enmienda del visado electrónico en el capítulo 2 del Manual de visados

De acuerdo con las normas existentes, el solicitante puede solicitar todas las subcategorías de visado electrónico 120 días antes de la fecha prevista de llegada a la India y la validez del visado electrónico se cuenta a partir de la fecha de la primera entrada en la India. Dado que la validez de la Autorización Electrónica de Viaje (ETA) emitida actualmente es de 120 días, si una persona a la que se le ha emitido una ETA para un visado electrónico de turismo o de negocios no entra en la India en un plazo de 120 días, no puede hacer uso del visado electrónico de turismo o de negocios de un año de duración.

Por lo tanto, para eliminar esta anomalía, se han introducido cambios en los visados electrónicos de turismo o de negocios, suprimiendo la actual restricción para solicitarlos (es decir, 120 días antes de la fecha prevista de llegada a la India), en el caso de los visados electrónicos de turismo o de negocios.

  • De acuerdo con la circular adjunta, los solicitantes de visados electrónicos de turismo o de negocios podrán entrar en la India desde la fecha de concesión de la ETA en cualquier momento dentro de los próximos 365 días, es decir, la ETA será válida durante todo el período de 365 días.
  • Además, los visados electrónicos de turismo serán válidos por un período de un año a partir de la fecha de emisión de la Autorización de Viaje Electrónica en lugar de un período de hasta un año a partir de la fecha de la primera entrada a la India, con múltiples entradas en visados electrónicos de turismo o de negocios sujetos a las siguientes condiciones:

(a) Durante cada visita, la estancia continua con visado electrónico de turismo no excederá de 90 días en el caso de los ciudadanos de los países que son elegibles para la concesión del visado electrónico, excepto los ciudadanos de EE.UU., Reino Unido, Canadá y Japón. En el caso de los ciudadanos de EE.UU., Reino Unido, Canadá y Japón, la estancia continua durante cada visita no excederá de 180 días.  En cualquier caso, no será necesario registrarse.

(b) En el caso de un visado electrónico de negocios, la estancia continua durante cada visita no excederá de 180 días en el caso de los ciudadanos de todos los países que tengan derecho a la concesión del visado electrónico y no se requerirá ningún registro si la estancia es de un período inferior a 180 días. Sin embargo, si la intención del extranjero es permanecer más de 180 días, se inscribirá en la FRRO/FRO correspondiente dentro de las dos semanas siguientes a la expiración de los 180 días de su llegada a la India, según lo dispuesto en la regla 7 de las Normas de 1992 sobre el registro de extranjeros. Además, el extranjero también deberá registrarse en la FRRO/FRO correspondiente en caso de que la estancia total en la India con un visado electrónico de negocios y/o un visado de negocios normal supere los 180 días durante un año natural.

A.mendment_to_Ch_2-_E_visa_of_the_manual_circular10042019.pdf

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